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El ámbito geográfico de las actividades objeto de ayuda será la totalidad del territorio nacional
El objeto de estas ayudas es la financiación de proyectos de:
Los proyectos habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
Empresas con al menos 3 años de antigüedad que desarrollen una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial productiva si el proyecto se refiere a actividades encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, y ha desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
de ejecución:
desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 24 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
de presentación de solicitudes: 04.07.2020 - 29.07.2020
Garantías:
El importe de las garantías, será del 20% del préstamo propuesto. En el caso de que la ayuda tenga la forma de préstamo y subvención se exigirá una garantía adicional sobre el 100% de la subvención propuesta.
Se exigirá la presentación del resguardo de constitución de garantía tras la notificación de la propuesta de resolución provisional y antes de la resolución de concesión de la ayuda, estableciéndose un plazo de quince días para presentarla desde la notificación de su requerimiento.
Cuantía total: 50.000.000€
La distribución de cuantías entre los distintos ámbitos temáticos previstos en la presente convocatoria es la siguiente:
Presupuesto mínimo de inversiones financiables: 100.000 €
Características de la ayuda: Préstamos reembolsables
Se aplican los siguientes límites máximos a la cuantía de las ayudas concedidas a los proyectos de:
Plazo de amortización: 10 años, con un plazo de carencia de 3 años.
Tipo de interés de aplicación: 0%
Los tipos de proyectos y las intensidades brutas máximas en forma de subvención del coste subvencionable del proyecto son las siguientes:
Tipo de proyectos | Empresas no PyME | Medianas empresas | Pequeñas empresas y microempresas |
Proyectos de investigación industrial | hasta 50% | hasta 60% | hasta 70% |
Proyectos de desarrollo experimental | hasta 25% | hasta 35% | hasta 45% |
Proyectos de innovación en materia de organización y procesos | hasta 15% | hasta 50% | hasta 50% |
La intensidad de la ayuda para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental podrá aumentarse en 15 puntos porcentuales, hasta un máximo de 80% si se cumplen algunas de las condiciones definidas en el artículo 25.6.b del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
Más información: info@evocas.com
Fuente: BOE
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